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Mostrando las entradas de febrero, 2020

¿QUE ES EL REDAM?

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EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (REDAM), es una herramienta gratuita para obligar a los padres morosos a cumplir con sus obligaciones alimenticias, pues esta herramienta se encuentra vigente desde el 2007 y que cuyo reglamento fue publicado a inicios de del año 2019. El reglamento del Redam establece que las empresas también deben informar a sus trabajadores sobre la existencia del registro y además acuerden con sus empleados la autorización del descuento por planilla para que pague su deuda alimenticia. El Registro de estos Padres Morosos en el Redam impediría que accedan a un crédito bancario, ya que este reporte se envía a la Superintendencia de Banca, Seguros Y AFP y también podría ser remitido a las centrales de riesgo. En esta base de datos encontrarás los nombres, apellidos completos del llamado deudor alimentario moroso, su domicilio real, su DNI, su fotografía, la cantidad de cuotas que adeuda y la indicación del Juzgado que dispuso su inscripci...

¿LOS PRESOS POR PENSIÓN DE ALIMENTOS PUEDEN RECUPERAR SU LIBERTAD?

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La respuesta es si, todos aquellos padres de familia que se encuentran condenados por Pensión de Alimentos, si cumplen con pagar con la totalidad de la pensión de alimentos. Conforme al Decreto de Urgencia N° 008-2020 que emitió el Poder Ejecutivo, donde indica que condenados por pensión de alimentos podrán salir en libertad siempre y cuando cancelen su deuda, siendo que de esta manera, se ha modificado el Decreto Legislativo N°1300 que regula el procedimiento especial para penas privativas de la libertad por penas alternativas. De acuerdo con este decreto, LA CONDENA POR EL DELITO DE OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR PUEDE CAMBIAR AUTOMÁTICAMENTE EN UNA PENA ALTERNATIVA , tales como el arresto domiciliario, libertad condicional, entre otras medidas; en caso se compruebe ante un juez el pago de la reparación civil y de la deuda de pensión alimenticia acumulada. Pese a ello, si en caso continúa la demanda penal por la omisión a la asistencia familiar, se puede proceder a la...

¿CÓMO CALCULAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS EN EL PERÚ?

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El cálculo de pensión de alimentos es en función a los ingresos del demandado, pues el porcentaje máximo es el 60%, es decir, si el padre gana S/ 1,500.00 debería dar al hijo S/ 900.00, este caso se podría dar para un padre que tiene sólo un hijo, sin embargo, en el caso que el padre tenga más de un hijo, este monto se dividirá entre los hijos que tenga (Prorrateo). Asi mismo, la pensión varía de acuerdo a las características del menor, las circunstancias (enfermedad) y número de hijo del demandado, pues la ley no fija un monto específico o tenga alguna fórmula para calcular este monto. Por lo que, la pensión se calcula en base a las necesidades del hijo (a) menor, tomando en cuenta si necesita para: ·          Desayuno, almuerzo y cena ·          Salud ·          Vestimenta ·          Educación ·  ...

¿EXISTE PENSIÓN DE ALIMENTOS PARA LOS PADRES?

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La respuesta es si, pues los padres cuando son adultos mayores pueden demandar a sus hijos y exigirles una mensualidad cuando éstos no son capaces de valerse por sí mismos, ya sea por limitaciones físicas, de salud o problemas económicos. Los hijos están obligados, por ley, ayudar a sus padres a cubrir sus necesidades básicas, cuando estos no sean capaces de valerse por sí mismos (problemas económicos, limitaciones físicas, de salud, etc) También puede darse de que los padres adultos mayores le pidan a su hijo (a) que por favor le entregue alimentos para poder subvencionar sus enfermedades y su alimentación. Asimismo, solo hasta el año 2019, se registraron en el REDAM más de 2,967 padres morosos por no cumplir con la pensión de alimentos de sus hijos. Nuestra legislación Peruana, establece que: Art. 474° CC. LA OBLIGACIÓN RECÍPROCA DE ALIMENTOS Se deben alimentos recíprocamente: 1.        Los      ...

¿PUEDE SER DENUNCIADO EL PADRE O MADRE QUE NO CUMPLE CON LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

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La respuesta es si, pueden ser denunciados penalmente por Omisión de Asistencia Familiar. LA PENSIÓN DE ALIMENTOS SEGÚN UNA SENTENCIA JUDICIAL Si el padre o madre no cumple con pasar alimentos, pese a una sentencia judicial, debe Inscríbelos y repórtalos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Es decir si el padre o la madre de tus hijos no cumple con este pago podrían ser reportados a las centrales de riesgo (REDAM), e aquí mucho cuidado porque podrían  llegar a perder su libertad ante una denuncia penal. ¿QUE NOS DICE NUESTRO CODIGO PENAL PERUANO? CAPÍTULO IV: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR Art. 149° CP. OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jornadas, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial. Si el agente...

¿QUE ES LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

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La pensión de alimentos comprende todo aquello que se necesita para el sustento de un o una menor, es decir, los alimentos y las necesidades de estudio, salud, vivienda, vestimenta y recreo, pues todos los padres y madres tienen el deber y el derecho de alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos e hijas. Según el Art. 472 CC. Establece que, se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y psicológica y recreación, según la situación y posibilidades de la familia. También los gastos del embarazo de la madre desde la concepción hasta la etapa de postparto. ¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR PENSIÓN DE ALIMENTOS?         La madre o el padre que no posee el dinero suficiente para pagar los gastos de la crianza del hijo. ·       El hijo o hija mayor de edad con incapacidad física o mental comprobada; o que esté cursando estudios e...

NORMA JURIDICA - ANA TARAZONA

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CONCEPTO: Es una prescripción dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar a una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. NO TODA NORMA TIENE NECESARIAMENTE CONTENIDO JURÍDICO Es bastante frecuente que se confunda el concepto de norma jurídica con el de ley o legislación, sin embargo, la ley es un tipo de norma jurídica, pero no todas las normas son leyes, y esto se debe a que también son normas jurídicas los decretos, reglamentos, órdenes ministeriales y en general, cualquier acto administrativo que se forme. ELEMENTOS ESENCIALES DE UNA NORMA JURÍDICA Para que una norma pueda ser considerada norma jurídica, debe reunir una serie de elementos particulares. Según Carlos Velasco Arroyo Nos dice que los elementos de la norma jurídica son los siguientes: I.      Sujeto Jurídico: Es todo ser o ente a quien el orden jurídico le imputa o reconoce la calid...

COMO SE REGISTRA LA UNIÓN DE HECHO - ANA TARAZONA

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El primer paso para formalizar una unión de hecho, es ante la Sunarp, pero antes se debe a cudir a un notario público, es aquí donde se dá inicio al tramite. LOS REQUISITOS SON: 1.- Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua. 2.- Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso. 3.- Certificado domiciliario de los solicitantes. 4.- Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro de personas naturales de la oficina registral donde domicilian los solicitantes. 5.-  Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más. 6.-  Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos. Posteriormente, el notario públic...