¿QUIENES CONFORMAN EL CONSEJO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL PERÚ?




1.                   El Presidente de la República, quien lo preside.
2.                   La Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la Secretaría Técnica.
3.                   El Ministro de Economía y Finanzas.
4.                   El Ministro de Defensa.
5.                   El Ministro de Salud.
6.                   El Ministro de Educación.
7.                   El Ministro del Interior.
8.                   El Ministro del Ambiente.
9.                   El Ministro de Agricultura.
10.               El Ministro de Transportes y Comunicaciones.
11.               El Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Asi mismo, el Presidente de la República tiene la facultad de poder convocar a otros ministros o a otras entidades públicas, privadas, especialistas nacionales o internacionales cuando la necesidad lo requiera.


¿CUALES SON LOS PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN
LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES?

1.                   PRINCIPIO PROTECTOR: La persona humana es el fin supremo de la Gestión del Riesgo de Desastres, por lo cual debe protegerse su vida e integridad física, su estructura productiva, sus bienes y su medio ambiente frente a posibles desastres o eventos peligrosos que puedan ocurrir.
2.                   PRINCIPIO DE BIEN COMÚN: La seguridad y el interés general son condiciones para el mantenimiento del bien común. Las necesidades de la población afectada y damnificada prevalecen sobre los intereses particulares y orientan el empleo selectivo de los medios disponibles.
3.                   PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD: Busca que las decisiones se tomen lo más cerca posible de la ciudadanía. El nivel nacional, salvo en sus ámbitos de competencia exclusiva, solo interviene cuando la atención del desastre supera las capacidades del nivel regional o local.
4.                   PRINCIPIO DE EQUIDAD: Se garantiza a todas las personas, sin discriminación alguna, la equidad en la generación de oportunidades y en el acceso a los servicios relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres.
5.                   PRINCIPIO DE EFICIENCIA: Las políticas de gasto público vinculadas a la Gestión del Riesgo de Desastres deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macrofiscal, siendo ejecutadas mediante una gestión orientada a resultados con eficiencia, eficacia y calidad.
6.                   PRINCIPIO DE ACCIÓN PERMANENTE: Los peligros naturales o los inducidos por el hombre exigen una respuesta constante y organizada que nos obliga a mantener un permanente estado de alerta, explotando los conocimientos científicos y tecnológicos para reducir el riesgo de desastres.
7.                   PRINCIPIO SISTÉMICO: Se basa en una visión sistémica de carácter multisectorial e integrada, sobre la base del ámbito de competencias, responsabilidades y recursos de las entidades públicas, garantizando la transparencia, efectividad, cobertura, consistencia, coherencia y continuidad en sus actividades con relación a las demás instancias sectoriales y territoriales.
8.                   PRINCIPIO DE AUDITORÍA DE RESULTADOS: Persigue la eficacia y eficiencia en el logro de los objetivos y metas establecidas. La autoridad administrativa vela por el cumplimiento de los principios, lineamientos y normativa vinculada a la Gestión del Riesgo de Desastres, establece un marco de responsabilidad y corresponsabilidad en la generación de vulnerabilidades, la reducción del riesgo, la preparación, la atención ante situaciones de desastre, la rehabilitación y la reconstrucción.
9.                   PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN: Durante las actividades, las entidades competentes velan y promueven los canales y procedimientos de participación del sector productivo privado y de la sociedad civil, intervención que se realiza de forma organizada y democrática. Se sustenta en la capacidad inmediata de concentrar recursos humanos y materiales que sean indispensables para resolver las demandas en una zona afectada.
10.                PRINCIPIO DE AUTOAYUDA: Se fundamenta en que la mejor ayuda, la más oportuna y adecuada es la que surge de la persona misma y la comunidad, especialmente en la prevención y en la adecuada autopercepción de exposición al riesgo, preparándose para minimizar los efectos de un desastre.
11.                PRINCIPIO DE GRADUALIDAD: Se basa en un proceso secuencial en tiempos y alcances de implementación eficaz y eficiente de los procesos que garanticen la Gestión del Riesgo de Desastres de acuerdo a las realidades políticas, históricas y socioeconómicas.



¿QUE PRETENDE EL SISTEMA NACIONAL
DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL PERÚ?

EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (SINAGERD) PRETENDE LOS SIGUIENTES OBJETIVOS:

·      La identificación de los peligros, el análisis de las vulnerabilidades y el establecimiento de los niveles de riesgo para la toma de decisiones oportunas en la Gestión del Riesgo de Desastres.

·      La articulación de los componentes y procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres.


·      La promoción para la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en los procesos de planificación del desarrollo y en el ordenamiento territorial.

·      La prevención y reducción del riesgo, evitando gradualmente la generación de nuevos riesgos y limitando el impacto adverso de los peligros, a fin de contribuir al desarrollo sostenible del país.


·      La promoción de la participación de diferentes actores locales, de la sociedad civil y del sector privado en general, en la identificación de prioridades y el desarrollo de acciones subsidiarias pertinentes.

·      La articulación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres con otras políticas de desarrollo a escala nacional e internacional.

·      La disposición de la información a través del Sistema de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres, para la formulación de planes, programas y proyectos.

·      La atención oportuna de la población en emergencias, a través de los procesos adecuados para la preparación, respuesta y rehabilitación.

·      La recuperación social, la reactivación económica y la reconstrucción, como consecuencia de un desastre, en el marco del proceso de planificación del desarrollo.

NOTA:
Hago recordar que, los Presidentes Regionales y los Alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia. Estos grupos coordinan y articulan la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. Pues estos grupos de trabajo están integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes de sus respectivos gobiernos.

Lima, Marzo 2020

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