LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES TAMBIEN CONSTITUYEN GRUPOS DE TRABAJO PARA LA GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES





ART. 14 INC. 3 – LEY 29664
Los gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta función es indelegable.



EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (SINAGERD)
ESTÁ COMPUESTO POR:


Ø  La Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la función de ente rector.

Ø  El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Ø  El Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred).

Ø  El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).

Ø  Los gobiernos regionales y gobiernos locales.

Ø  El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan).

Ø  Las entidades públicas, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las entidades privadas y la sociedad civil.


¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES COMO INTEGRANTES DEL SINAGERD?

·         Los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del Sinagerd, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento.

·         Los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia. Los gobiernos regionales y gobiernos locales son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres.

·         Los gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta función es indelegable.

·         Los gobiernos regionales y gobiernos locales aseguran la adecuada armonización de los procesos de ordenamiento del territorio y su articulación con la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y sus procesos.

·         Los gobiernos regionales y gobiernos locales son los responsables directos de incorporar los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en la gestión del desarrollo, en el ámbito de su competencia político administrativa, con el apoyo de las demás entidades públicas y con la participación del sector privado. Los gobiernos regionales y gobiernos locales ponen especial atención en el riesgo existente y, por tanto, en la gestión correctiva.

·         Los gobiernos regionales y gobiernos locales que generan información técnica y científica sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo están obligados a integrar sus datos en el Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres, según la normativa del ente rector. La información generada es de acceso gratuito para las entidades públicas.

·         Los Gobiernos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda Humanitaria, y los Gobiernos Locales, en convenio con los Gobiernos Regionales, operan los Almacenes Locales o Adelantados.

·         De conformidad con lo establecido por el artículo 61 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son responsables de:

a.                    Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes.

b.                    Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil. El Ente Rector establecerá los lineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales, asegurando la aplicación integral del enfoque de gestión del riesgo de desastres.

c.                     Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas. Las acciones de prevención de desastres serán coordinadas a través de los grupos de trabajo para la gestión del riesgo de desastres y las funciones de brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas serán asumidas a través de los mecanismos de preparación, respuesta y rehabilitación determinados.
  



¿CUAL ES LA ESTRUCTURA DE LOS SISTEMAS REGIONALES
DE DEFENSA CIVIL?

·      Los Gobiernos Regionales y los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres.

·      Los Gobiernos Locales y los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres.

·      Los Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de Operaciones de Emergencia Local (COEL)

·      Las Plataformas de Defensa Civil regionales y locales.



NOTA:
SE RECOMIENDA A TODAS LAS MUNICIPALIDADES Y GOBIERNOS REGIONALES, HALLAR MEDIDAS IDÓNEAS PARA COBERTURAR EL REABASTECIMIENTO DE LOS ALMACENES DE AYUDA HUMANITARIA QUE ADMINISTRAN SEGÚN SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA.


Lima, Marzo 2020

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