LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES TAMBIEN CONSTITUYEN GRUPOS DE TRABAJO PARA LA GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES
ART.
14 INC. 3 – LEY 29664
Los
gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la
Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles
directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la
entidad. Esta función es indelegable.
EL SISTEMA NACIONAL
DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (SINAGERD)
ESTÁ COMPUESTO POR:
Ø
La
Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la función de ente rector.
Ø
El
Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Ø
El
Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres
(Cenepred).
Ø
El
Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
Ø Los gobiernos regionales y
gobiernos locales.
Ø
El
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan).
Ø
Las
entidades públicas, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las
entidades privadas y la sociedad civil.
¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LOS GOBIERNOS
REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES COMO INTEGRANTES DEL SINAGERD?
·
Los
gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del Sinagerd,
formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan,
fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el
ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo
establecido por la presente Ley y su reglamento.
·
Los
presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas
autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres
dentro de sus respectivos ámbitos de competencia. Los gobiernos regionales y
gobiernos locales son los principales ejecutores de las acciones de gestión del
riesgo de desastres.
·
Los
gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la
Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles
directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la
entidad. Esta función es indelegable.
·
Los
gobiernos regionales y gobiernos locales aseguran la adecuada armonización de
los procesos de ordenamiento del territorio y su articulación con la Política
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y sus procesos.
·
Los
gobiernos regionales y gobiernos locales son los responsables directos de
incorporar los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres en la gestión del
desarrollo, en el ámbito de su competencia político administrativa, con el
apoyo de las demás entidades públicas y con la participación del sector
privado. Los gobiernos regionales y gobiernos locales ponen especial atención
en el riesgo existente y, por tanto, en la gestión correctiva.
·
Los
gobiernos regionales y gobiernos locales que generan información técnica y
científica sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo están obligados a integrar
sus datos en el Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de
Desastres, según la normativa del ente rector. La información generada es de
acceso gratuito para las entidades públicas.
·
Los
Gobiernos Regionales operan los Almacenes Regionales de Bienes de Ayuda
Humanitaria, y los Gobiernos Locales, en convenio con los Gobiernos Regionales,
operan los Almacenes Locales o Adelantados.
·
De
conformidad con lo establecido por el artículo 61 de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, los gobiernos regionales son responsables de:
a.
Formular,
aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en
materia de Defensa Civil, en concordancia con la Política Nacional de Gestión
del Riesgo de Desastres y los planes sectoriales y locales correspondientes.
b.
Dirigir
el Sistema Regional de Defensa Civil. El Ente Rector establecerá los
lineamientos de funcionamiento de estos Sistemas Regionales, asegurando la
aplicación integral del enfoque de gestión del riesgo de desastres.
c.
Organizar
y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e
inmediata a los damnificados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas.
Las acciones de prevención de desastres serán coordinadas a través de los
grupos de trabajo para la gestión del riesgo de desastres y las funciones de
brindar ayuda directa e inmediata de los damnificados y la rehabilitación de
las poblaciones afectadas serán asumidas a través de los mecanismos de
preparación, respuesta y rehabilitación determinados.
¿CUAL ES LA ESTRUCTURA DE LOS SISTEMAS REGIONALES
DE DEFENSA CIVIL?
·
Los
Gobiernos Regionales y los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de
Desastres.
·
Los
Gobiernos Locales y los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de
Desastres.
·
Los
Centros de Operaciones de Emergencia Regional (COER) y los Centros de
Operaciones de Emergencia Local (COEL)
·
Las
Plataformas de Defensa Civil regionales y locales.
NOTA:
SE
RECOMIENDA A TODAS LAS MUNICIPALIDADES Y GOBIERNOS REGIONALES, HALLAR MEDIDAS
IDÓNEAS PARA COBERTURAR EL REABASTECIMIENTO DE LOS ALMACENES DE AYUDA
HUMANITARIA QUE ADMINISTRAN SEGÚN SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA.
Lima, Marzo 2020

Comentarios
Publicar un comentario